Trabajadores colombianos devengarán este año, como mínimo, $908.526 más auxilio de transporte.
El gobierno de Colombia fijó el salario mínimo para 2021 con un un aumento del 3,5% respecto al año anterior. Eso quiere decir que las empleadas domésticas deberán ganar por lo menos $908.526, además de un subsidio de transporte $106.454, que es obligatorio en la mayoría de los casos. Del mínimo para arriba, los empleadores pueden pagar cuanto puedan o quieran.
¿Entonces cuánto debo pagarle a una empleada doméstica? La respuesta depende de las particularidades de su contrato. Pero es sencillo:
Es importante recordar que este valor corresponde al valor mínimo del pago; es decir, de ahí en adelante el empleador podrá pagar el valor que considere justo.
Los pagos de la prima, vacaciones, cesantías e intereses a las cesantías tienen que realizarse con base en lo que estipula la ley y, en caso de que sea una trabajadora contratada por días, de manera proporcional al tiempo trabajado.
Si la empleada doméstica externa trabaja más de 8 horas diarias, o más de las 48 horas semanales, el empleador tiene que pagarle horas extras. En el caso de la empleada doméstica interna la jornada máxima es de 10 horas diarias y 60 horas semanales. Si excede ese tiempo en sus jornadas, le deben pagar horas extras.
Si la trabajadora doméstica es interna, también tiene derecho a un día de descanso semanal.
Es obligación del empleador afiliar a la trabajadora a seguridad social en salud (EPS), pensión y riesgos laborales y para eso podrá deducir, del salario pagado, hasta el 4% para salud y 4% adicional para pensión. Los descuentos se realizan sobre el salario que la empleada gane, sin tocar el auxilio de transporte.
La ley prohíbe que haya pagos en especie superiores al 30% del salario de la empleada doméstica. Este tipo de pagos deben valorarse de manera excepcional, no son lo aconsejable.
Si tiene dudas, puede consultar la guía de contrato de una trabajadora doméstica.
Fuente: Ministerio de Trabajo
La llegada de diciembre marca una luz de esperanza para los empleados y empleadas del país que reciben la prima salarial, un pago contemplado en la ley que corresponde a 15 días de salario por cada semestre laborado. Y los empleadores de las trabajadoras domésticas no están exentas de ese pago.
Esta guía le ayudará a entender cómo y por que se hace este pago
¿Qué es la prima y por qué se paga?
Según la Ley 1788 de 2016, la prima salarial es una bonificación que reciben los trabajadores y que corresponde a 30 días de salario por cada año laborado. El pago se divide en dos: una bonificación a mitad de año y otra a final de año, conocida como prima navideña. El Ministerio del Trabajo considera que la prima tiene como finalidad redistribuir parte del valor agregado que generó la actividad del trabajador.
¿Hasta cuándo se puede pagar?
El Gobierno de Colombia estableció como plazo máximo para el pago de la prima de navidad el 20 de diciembre de 2020. Este año de pandemia la ley permite que ese pago se haga por cuotas, siempre y cuando todo el valor se haya cancelado máximo el 20 de diciembre.
¿Cómo se calcula la prima?
Vamos a explicarlo con ejemplos, para que sea más claro.
Luz es una empleada doméstica que gana el salario mínimo y trabaja tiempo completo en la casa de Susana. Para calcular la prima, Susana deberá tomar el salario de Luz (y sumarle el subsidio de transporte, en caso de que no sea interna). Ese valor lo multiplicará por la cantidad de días que ella trabajó y lo dividirá por 360.
Entonces si Luz gana el salario mínimo y trabaja a tiempo completo sin estar interna, el valor a pagar sería de $490.328. En caso de que Luz viviera en la casa de Susana, su prima sería de de $438.902.
¿Y si la empleada trabaja por días?
Si Luz va por días a la casa de Susana, el valor de la prima se calcularía así: Salario diario x días trabajados a la semana x cantidad de semanas del mes x días del semestre o año.
Hay que tener en cuenta que un mes tiene 4,33 semanas. Suponiendo que Luz vaya dos días a la semana y gane el salario mínimo, el cálculo sería este:
$32.688 x 2 x 4,33 x 180 / 360 = $141.539
Si Luz trabaja tres días a la semana y no gana el mínimo sino $50.000 por jornada, el valor de la prima sería de $324.750. Y si va una sola vez a la semana la prima sería de $108.250.
¿Qué pasa si no pago?
El Código del Trabajo en su artículo 65 explica que quien no pague la prima podría ser sancionado con multas que van hasta los 5.000 salarios mínimos mensuales (más de $4,4 millones). Y que si durante más de dos años (24 meses) no se cumple con esta obligación, el empleador deberá además pagar intereses de mora.
¿Y si las cuentas no me dan?
Si tiene problemas con el cálculo, puede usar la calculadora que ofrece el Ministerio del Trabajo, disponible haciendo clic aquí.
Diciembre de 2020
El 2020 no fue fácil para nadie. La pandemia, el confinamiento y tantas situaciones desconocidas nos llenaron de miedo y abrieron brechas que ya empezaban a cerrarse. Aún así creemos que hay cosas para agradecer. Por eso hoy despedimos el año diciéndole gracias a todos aquellos que entendieron el valor del trabajo doméstico y ayudaron a que esta pandemia fuera menos dura para quienes lo ejercen.
Gracias a esos empleadores y empleadoras que se solidarizaron con las trabajadoras domésticas que no podían salir a trabajar y que pudieron mantenerles los contratos y pagarles lo justo. Gracias a quienes hicieron esfuerzos para apoyarlas, pero también a los que tuvieron que acogerse a las medidas de flexibilización laboral pero que ya están pensando en cómo compensarlas.
Gracias a las organizaciones que cada día emprendieron acciones para reducir los impactos negativos de la pandemia en el sector del trabajo doméstico. A las empresas y entidades que les dan alternativas laborales o de formación, a las Mesas de Economía del Cuidado y a los líderes políticos que se han comprometido con estas causas.
Gracias a las organizaciones que trabajan por el bienestar de las familias y de las mujeres, que aportan a su bienestar y crecimiento personal y laboral. Y gracias a los sindicatos y a sus líderes, que aún con las uñas y muchas adversidades, siguen trabajando para visibilizar los problemas y carencias del sector.
Gracias a los periodistas que ponen periódicamente su lupa en el sector del trabajo doméstico remunerado y en la vida de las personas que la realizan, mujeres en un 96%.
Gracias a los organismos multilaterales que no bajaron la guardia en épocas difíciles y muchas gracias a todos esos ciudadanos que en sus redes sociales o en la calle han apoyado permanentemente la dignificación del trabajo doméstico y han reconocido la importancia de este trabajo para la sociedad.
Nuestros deseos para el 2021 es que los de ustedes se hagan realidad.
Diciembre 30 de 2020.
La sesión fue remota. Crédito: Captura de video
A riesgo de parecer repetitivas, uno de los sectores que más ha sufrido con la pandemia es el trabajo doméstico. Siete de cada diez trabajadoras quedaron desempleadas o perdieron horas de trabajo por las cuarentenas, calcula la Cepal, y en junio el desempleo femenino llegó al 26,2%, la peor cifra desde que se tiene registro en el país, de acuerdo con el Dane.
Desde hace varios años organizaciones y congresistas vienen implementado estrategias y apoyos para este sector, pero nada ha servido para mejorar notablemente la dignidad en el trabajo de estas profesionales.
Recientemente, la Comisión Séptima del Senado se reunió, convocada por la senadora Victoria Sandino, para revisar qué estaba haciendo el Estado por las empleadas domésticas. Tras ese debate, nos quedamos con los siguientes puntos, que nos sirven al gobierno, al legislativo, a las ONG, y a las organizaciones de trabajadoras domésticas, como metas próximas para el sector.
Para que el sector de trabajo doméstico avance sustancialmente se requieren otras medidas estructurales, sabiendo además que las trabajadoras domésticas son, por fallo constitucional, sujetos de protección especial. Pongamos esta obligación como propósito, además porque sabemos que esto hace parte de la consciencia moral y ética de la mayoría de las personas en Colombia.
La sesión completa de la Comisión, incluyendo la presentación del Ministro Cabrera se pueden ver haciendo clic aquí.
Parte de la presentación del Ministro de Trabajo durante el debate de control.
Septiembre 29 de 2019.