Trabajadores colombianos devengarán este año, como mínimo, $908.526 más auxilio de transporte.
El gobierno de Colombia fijó el salario mínimo para 2021 con un un aumento del 3,5% respecto al año anterior. Eso quiere decir que las empleadas domésticas deberán ganar por lo menos $908.526, además de un subsidio de transporte $106.454, que es obligatorio en la mayoría de los casos. Del mínimo para arriba, los empleadores pueden pagar cuanto puedan o quieran.
¿Entonces cuánto debo pagarle a una empleada doméstica? La respuesta depende de las particularidades de su contrato. Pero es sencillo:
Es importante recordar que este valor corresponde al valor mínimo del pago; es decir, de ahí en adelante el empleador podrá pagar el valor que considere justo.
Los pagos de la prima, vacaciones, cesantías e intereses a las cesantías tienen que realizarse con base en lo que estipula la ley y, en caso de que sea una trabajadora contratada por días, de manera proporcional al tiempo trabajado.
Si la empleada doméstica externa trabaja más de 8 horas diarias, o más de las 48 horas semanales, el empleador tiene que pagarle horas extras. En el caso de la empleada doméstica interna la jornada máxima es de 10 horas diarias y 60 horas semanales. Si excede ese tiempo en sus jornadas, le deben pagar horas extras.
Si la trabajadora presta sus servicios en día domingo o festivo, tendrá derecho a que le remuneren cada hora trabajada más un 75% adicional. En caso de las internas hay derecho a un día de descanso semanal.
Es obligación del empleador afiliar a la trabajadora a seguridad social en salud (EPS), pensión y riesgos laborales y para eso podrá deducir, del salario pagado, hasta el 4% para salud y 4% adicional para pensión; para riesgos laborales a la trabajadora no se le puede deducir de su salario. Los descuentos se realizan sobre el salario que la empleada gane, sin tocar el auxilio de transporte.
La ley prohíbe que haya pagos en especie superiores al 30% del salario de la empleada doméstica. Este tipo de pagos deben valorarse de manera excepcional, no son lo aconsejable.
Si tiene dudas, puede consultar la guía de contrato de una trabajadora doméstica.
Fuente: Ministerio de Trabajo